
Plan de evacuación / Sistema Autoprotección - Ley 5920
El nuevo Sistema de Autoprotección, llamado anteriormente Plan de Evacuación, es de aplicación Obligatoria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires multa a los propietarios de inmuebles con acceso de público que no hayan regularizado su situación. No cumplir con la obligación de disponer de Plan de Evacuación, junto con otros incumplimientos graves (como exceso de público, falta o insuficiencia de matafuegos) puede ser causa de clausura del local.
Nosotros nos encargaremos de presentar ante las autoridades de Defensa Civil la documentación requerida para la aprobación del Plan de Evacuación. Una vez presentado se inicia un Número de Registro (en Defensa Civil) el cual deberá actualizarse en forma anual, o cada vez que se modifiquen las condiciones que requieran realizar las adecuaciones del Plan de Evacuación. Es obligación legal mantener vigente el Registro, por el cual se deberá obtener el Certificado de Evaluación Positiva Anual y realizar periódicamente los simulacros de evacuación exigidos por ley.







